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Si tienes este tipo de descarga debes de cumplir con la NOM-002-ECOL-1996, Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano o municipal.
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NADF-016-ambt-2016 que establece los límites permisibles de emisión y su medición, de los equipos de combustión de calentamiento indirecto de 5 cc (176.5 mj/h) hasta 15 cc (529.5 mj/h), que deberán de cumplir los responsables de industrias, comercios y servicios ubicados en el territorio de la ciudad de México.